Sin categoría

TENEMOS EL ALTA DE LA ART ¿QUÉ DEBEMOS HACER?

Una vez obtenida el alta médica, la ART nos intimará para que con el abogado que hayamos elegido realicemos el trámite correspondiente ante la SRT (Superintendencia de Riesgos del Trabajo), a los fines de que se determine la incapacidad que nos ha dejado la lesión.

Bien, es importante aclarar que este porcentaje variará de acuerdo a la repercusión funcional de nuestra lesion. Esto está establecido y fijado en el baremo utilizado dentro del ámbito laboral, por lo que el médico de la SRT va a hacer algunas mediciones para evaluar cuál es la pérdida de movilidad.

En este orden de ideas, debemos saber que muchas veces la incapacidad que determine la SRT va a ser baja o nula. Por este motivo, es que la ley ha previsto que es obligatorio hacer el trámite con un letrado que pueda defender los derechos del trabajador accidentado. De allí que es conveniente contar conel asesoramiento de uno de nuestros abogado que lo aconseje al momento de tomar la decisión e iniciar las acciones judiciales tendientes a poder cobrar nuestra indemnización.

Scroll to top
Abrir chat
Hola estamos online, necesitas ayuda?
Hola Mi nombre es Camila, Asistente del estudio, Estoy online. En que te puedo ayudar?